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El trabajador dependiente, sea que haya firmado o no un contrato de
trabajo, sea que esté registrado o bien “en negro”, sea que figure como
pasante, o que facture como monotributista, tiene los derechos que la ley
le otorga, más allá de la apariencia de esa relación.

A veces el empleador encubre una verdadera relación de trabajo con otras modalidad que no protegen al trabajador, ello ocurre, por ejemplo, cuando se hace figurar a un empleado como “socio” de una cooperativa, cuando en realidad no lo es, o se lo hace facturar como autónomo, cuando en verdad ese trabajador depende técnica, económica y jurídicamente del empresario.

A veces, se contrata a un trabajador como “eventual”, cuando en verdad el trabajador realiza tareas habituales y propias de la empresa en la que se desempeña. Son sólo algunos ejemplos, que nos sirven para subrayar que siempre tiene prioridad la realidad por sobre las formas. Por eso, el trabajador que se encuentra en estas condiciones debe asesorarse,
de modo tal de conocer si se trata de una relación laboral encubierta o en fraude a la ley, y así reclamar por los derechos que le son propios.

Para solicitar el material completo:

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- Dirección: Carlos Calvo 2717, CABA
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